La Dirección de Rentas de la Municipalidad de Malargüe informa a los interesados en comercializar productos de pirotecnia que tendrán como fecha límite para presentar la documentación para obtener la AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA DE MATERIAL PIROTÉCNICO hasta el día 02 de diciembre inclusive.
Para mayor información dirigirse a la Oficina de Rentas de la Municipalidad de Malargüe.
La venta de pirotecnia está regulada bajo la Resolución 2.944. Esta consiste en que se ampliará el tema de “anexos solo venta exclusiva de pirotecnia”, los inmuebles que adquiere el propietario para la venta no puede ser menor a 20 m2 de superficie, teniendo en cuenta que los bultos firmados de pirotecnia no deben estar en contacto con los clientes , el resguardo debe de ser siempre distanciado.
Los salones deberán ser de paredes de hormigón, concreto, ladrillos. No puede haber chapas ni maderas, para salvaguardar la vida en caso de que se pueda ocasionar cualquier accidente, teniendo también en cuenta la habilitación municipal. Es obligatorio que cuente con matafuegos habilitados.
Para la habilitación se debe abonar un arancel que es el 511, con un valor de $5500.
La apertura debe ser desde el 10 de diciembre hasta año nuevo aproximadamente.
REQUISITOS para habilitar un comercio son: factibilidad, estudio de bomberos, y los pasos a seguir de las habilitaciones como ser los inmueble, certificado de AFIP, el arancel 511.
Está totalmente prohibida la venta en aquellos locales que no tengan la habilitación municipal, solamente venta exclusiva está prohibido en despensas, almacenes o quioscos. La venta a menores tampoco se puede realizar.
INSPECCIONES EN ALMACENES: Este año serán muy estrictas las inspecciones y las multas serán elevadas.