Audiencia pública, Resolución de la Secretaría de Ambiente de la Provincia

SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

 Resolución Nº 501

MENDOZA, 05 DE DICIEMBRE DE 2017 VISTO el expediente N° 3518-D-2017-03834, caratulado: “Actualización, Reglamentación Ambiental de la Actividad Petrolera”; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial Nº 5961, en consonancia con la Ley Nacional N° 25.675, establece la obligatoriedad de tramitar el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de todo proyecto de obra o actividad que pueda modificar directa o indirectamente el ambiente del territorio de la Provincia.

Que el Anexo I inciso 5) de la mencionada Ley N° 5961 dispone la competencia de la autoridad provincial para entender en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y emitirla correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de los proyectos referidos a “la exploración y explotación de hidrocarburos…”.

Que la Ley Nacional N° 27.007 establece que el Estado Nacional y los Estados Provinciales, de conformidad con lo previsto por el Artículo 41 de la Constitución Nacional, propenderán al establecimiento de una legislación ambiental uniforme, la que tendrá como objetivo prioritario aplicar las mejores prácticas de gestión ambiental a las tareas de exploración, explotación y/o transporte de hidrocarburos a fin de lograr el desarrollo de la actividad con un adecuado cuidado del ambiente.

Que atento a la necesidad de adecuar las normas ambientales de Evaluación de Impacto Ambiental establecidas en el Título V de la Ley Nº 5961 con los requerimientos dispuestos en las Resoluciones N° 105/92 y Nº 25/04 de la Secretaría de Energía de la Nación sobre Normas y Procedimientos que regulan la protección ambiental durante las Operaciones de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, el Poder Ejecutivo en ejercicio de sus potestades indelegables dictó los Decretos Nros. 437/93, 691/95 y 170/08.

Que luego de efectuar un racconto y posterior análisis del régimen normativo en la materia que nos ocupa (Evaluación de Impacto Ambiental de la actividad hidrocarburífera en la Provincia de Mendoza), surge que el procedimiento administrativo vigente no contempla la actividad en reservorios no convencionales.

Que dicho vacío legal impulsó la necesidad de redactar una norma que contemple el procedimiento que se debe desarrollar, en forma previa a la ejecución de los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales, para identificar, interpretar y prevenir las consecuencias o los efectos que tales proyectos puedan causar al equilibrio ecológico, al mantenimiento de la calidad de vida y a la preservación de los recursos naturales existentes en la provincia, a fin de asegurar el bienestar general de la población.

Que el referido procedimiento ambiental deberá culminar con un acto administrativo que autorice la actividad, regulando sus procedimientos adecuadamente o deniegue dicha autorización. Todo en los términos dispuestos por la Ley N°5961.

Que en consecuencia, el procedimiento administrativo de marras deberá responder a las exigencias impuestas por la Ley N° 5961, Ley N° 9003 y Ley Nacional N° 25.675.

Que a fin de satisfacer la necesidad de considerar el vacío legal con una regulación de la actividad, ambientalmente adecuada, se recibieron aportes técnicos y jurídicos de distintos organismos como la UNIDAD DE ENLACE DE LA LEGISLATURA DE MENDOZA y la FUNDACION CRICYT – CONICET MENDOZA.

Que al tratarse de una técnica de estimulación por fractura hidráulica que resulta de trascendencia social y ambiental, esta administración debe procurar tener particular sensibilidad a la hora de evaluar y comunicar las actuaciones a la comunidad en general, con el objeto de asegurar su participación, información y demás garantías Constitucionales y Convencionales.

Que en tal sentido, se deben asegurar los mecanismos apropiados de publicidad, información y participación de la comunidad interesada, en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 31 dela Ley N° 5961, Artículos Nros. 16/21 de la Ley Nacional N° 25.675 y la Ley Nacional N° 25.831de Información Ambiental.

Que en consonancia con ello, el Artículo 168 bis de la nueva Ley de Procedimiento Administrativo 9003 regula particularmente la convocatoria a Audiencia Pública con el objeto de someter a consideración de toda la ciudadanía en general, sus actos, procedimientos y/o proyectos de la Administración Pública que resulten de interés de la comunidad de influencia.

Que considerando los parámetros de la regulación citada, así como los antecedentes obrantes en la Dirección de Protección Ambiental, la Dirección de Hidrocarburos y demás organismos públicos de la materia, el referido acto de publicidad y participación ciudadana deberá realizarse preferentemente en zonas aledañas a los yacimientos hidrocarburíferos no convencionales, con el objeto de asegurar el acceso a las poblaciones que pudieran representar un interés más directo en las eventuales explotaciones.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo dictaminado por la Asesoría Legal de esta Secretaría y de acuerdo a la Ley N° 9003, Ley N° 5961, Ley Nacional N° 25.975 y sus Decretos Reglamentarios;

 EL SECRETARIO DE AMBIENTE YORDENAMIENTO TERRITORIAL

RESUELVE:

Artículo 1º: Convóquese a Audiencia Pública a toda persona humana o jurídica, pública o privada, que invoque un interés razonable, individual o de incidencia colectiva, relacionado directa o indirectamente con el proyecto denominado “Reglamentación de la Evaluación de Impacto Ambiental para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos No Convencionales”, a realizarse el día 28 de Diciembre de 2017, a las 10 horas, en el Centro de Convenciones y Exposiciones “THESAURUS”, ubicado en Ruta 40 Norte s/n Pasaje La Orteguina de la Ciudad de Malargüe.

Artículo 2º: Publíquese los edictos de Convocatoria a la Audiencia Pública mencionada en el artículo anterior durante tres (3) días, no consecutivos, en el Boletín Oficial, en dos (2) diarios de circulación provincial y en un (1) diario de circulación del Departamento de Malargüe, con una antelación de quince (15) días hábiles administrativos . Idéntica publicación se realizará en el sitio electrónico del organismo convocante, desde el día de la primera publicación edictal y hasta el día mismo del acto de audiencia pública.

Artículo 3º: En las publicaciones referidas en el artículo anterior, se deberá dar a conocer el temario preliminar sobre el objeto de la audiencia y la invitación a formular propuestas, a aportar prueba documental y toda otra que los interesados estimen pertinente, desde el día de la primera publicación y hasta el día hábil anterior a la realización del acto de Audiencia Pública. Las presentaciones deberán realizarse, acreditando debidamente su personería, en la Secretaría deAmbiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza (ubicada en Av. Peltier N°351, cuerpo central,6to. Piso), Dirección de Protección Ambiental (ubicada en calle Boulogne Sur Mer Nº 3200 de laCiudad de Mendoza), en Delegación Sur de la Dirección de Protección Ambiental (ubicada enSan Martín Norte 352, Ciudad de Malargüe), de lunes a viernes de ocho horas (08:00 hs.) a trece horas (13:00 hs.).

Artículo 4º: A los efectos de brindar información pública previa a la Audiencia Pública, póngase a disposición de los interesados copia fiel del proyecto de decreto obrante en Expediente N°3518-D-2017-03834, en la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza(ubicada en Av. Peltier N° 351, cuerpo central, 6to. Piso), Dirección de Protección Ambiental(ubicada en calle Boulogne Sur Mer Nº3200 de la Ciudad de Mendoza), en Delegación Sur de la Dirección de Protección Ambiental (ubicada en San Martín Norte 352, Ciudad de Malargüe); de lunes a viernes de ocho horas (08:00 hs.) a trece horas (13:00 hs.), donde podrá ser consultada la información referida. Ello, sin perjuicio del derecho a acceder a las actuaciones del Expediente N° 3518-D-2017-03834

.Artículo 5º: Fijar las siguientes dependencias oficiales para la inscripción de personas físicas y/o jurídicas para la intervención oral durante la Audiencia Pública: Secretaria de Ambiente yOrdenamiento Territorial, Dirección de Protección Ambiental y Delegación Sur de la Dirección de Protección Ambiental, en los horarios y sedes establecidas en el artículo anterior. Las inscripciones también se podrán realizar en el lugar donde se llevará a cabo la Audiencia Pública en la fecha indicada para su desarrollo, hasta una hora antes de su inicio.

Artículo 6º: Las personas físicas o jurídicas que se inscriban para intervenir en la Audiencia Pública, deberán hacerlo en forma escrita, proporcionar datos personales completos, denunciar domicilio real, acreditar personería según los casos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3°.

Artículo 7º: Desígnense como Instructores asistentes del Presidente de la Audiencia Pública a las Dras. Paula Llosa y María Eugenia Luján, quienes actuarán en representación de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 168 bis y concordantes de la Ley N° 9003

.Artículo 8º: Establézcase que la Audiencia será presidida por el Sr. Secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza, de acuerdo con los términos del Artículo 168 bis inc. 3) de la Ley N° 9003.

Artículo 9º: Comuníquese a quien corresponda, publíquese y archívese.

 LIC. HUMBERTO MINGORANCE

Publicaciones:

Fecha de publicación: 06/12/2017

Nro. Boletín: 30504

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La compra de equipamiento e insumos en la Dirección de Informática incluye:

  1. Identificación de necesidades: Determinar qué equipos e insumos son necesarios para que la Dirección y otras áreas del municipio funcionen correctamente, como computadoras, impresoras, cables, servidores, y consumibles como toner y tinta.

  2. Cotización y selección de proveedores: Solicitar presupuestos a distintos proveedores, comparando precios y calidad para elegir la mejor opción dentro del presupuesto disponible.

  3. Adquisición de equipos: Comprar el equipamiento y los insumos necesarios, asegurándose de que cumplan con los requerimientos técnicos y de calidad especificados.

  4. Distribución y configuración: Entregar y configurar el equipamiento en las áreas que lo necesitan, asegurando que todo funcione correctamente y esté listo para su uso.

  5. Control de stock: Mantener un inventario actualizado de los insumos disponibles y reponerlos cuando sea necesario, evitando que se queden sin materiales esenciales para su trabajo.

La colocación y mantenimiento de cámaras de vigilancia en la Dirección de Informática incluye:

  1. Instalación de cámaras: Colocar cámaras en lugares estratégicos, como edificios municipales y espacios públicos, para mejorar la seguridad y el monitoreo.

  2. Configuración y conexión: Asegurarse de que las cámaras estén correctamente configuradas y conectadas a un sistema central de monitoreo, donde se pueden ver y grabar las imágenes en tiempo real.

  3. Mantenimiento regular: Revisar y limpiar las cámaras periódicamente, además de reparar o reemplazar cualquier equipo que no funcione bien.

  4. Actualización del sistema: Mejorar el software y los equipos de vigilancia cuando sea necesario, para asegurar que las cámaras siempre ofrezcan una calidad de imagen óptima y funcionen sin interrupciones.

En la Dirección de Informática, la administración de servidores se refiere a las siguientes tareas clave:

  1. Mantener los servidores funcionando: Asegurarse de que los servidores estén siempre encendidos y operativos, para que todos los sistemas y servicios estén disponibles cuando se necesiten.

  2. Realizar copias de seguridad: Guardar copias de la información importante de manera regular, para que, si ocurre un problema, se pueda recuperar la información sin pérdida de datos.

  3. Actualizar el software: Instalar las actualizaciones y parches de seguridad necesarios para que los servidores estén protegidos contra posibles amenazas y funcionen con la última tecnología disponible.

  4. Gestionar el acceso: Controlar quién puede acceder a los servidores y a qué información, asegurando que solo las personas autorizadas tengan acceso a datos sensibles.

  5. Monitorear el rendimiento: Supervisar constantemente el rendimiento de los servidores para detectar cualquier problema, como sobrecarga o fallas, y solucionarlos rápidamente antes de que afecten el servicio.

  6. Proteger contra amenazas: Implementar medidas de seguridad, como firewalls y antivirus, para proteger los servidores de ataques cibernéticos y otros riesgos.

  7. Optimizar el uso del espacio: Administrar el espacio de almacenamiento en los servidores para asegurarse de que haya suficiente capacidad para todas las necesidades del municipio.

El desarrollo y mantenimiento de software en la Dirección de Informática de la Municipalidad de Malargüe abarca varios aspectos clave:

  1. Desarrollo de sistemas a medida:

    • Sistema de Notas de la Academia de Inglés: Creación de un sistema específico para gestionar las notas y el progreso de los estudiantes de la academia municipal.
    • Sistema de la Dirección Unidad de Tierras: Desarrollo de software para gestionar las actividades y procesos administrativos relacionados con la tierra, como asignaciones, permisos y regularizaciones.
    • Sistema de Control de Trazabilidad del Matadero Frigorífico de Malargüe: Implementación de un sistema que permite rastrear y controlar la trazabilidad de los productos procesados en el matadero, asegurando cumplimiento con normas sanitarias y de calidad.
  2. Mantenimiento de software existente:

    • Actualización de sistemas: Realización de mejoras continuas y actualizaciones para asegurar que el software esté alineado con las necesidades actuales y las regulaciones vigentes.
    • Corrección de errores: Solución de problemas y bugs que puedan surgir durante la operación diaria de los sistemas, garantizando su estabilidad y fiabilidad.
  • Configuración y mantenimiento de redes locales (LAN): Asegurando la conectividad interna en las oficinas del municipio.

  • Gestión de redes inalámbricas (Wi-Fi): Configuración y administración de redes inalámbricas en edificios municipales.

  • Monitoreo y gestión de ancho de banda: Supervisando el uso de la red para optimizar el rendimiento y evitar congestiones.

  • Seguridad de redes: Implementación de firewalls, sistemas de detección de intrusiones y políticas de seguridad para proteger los datos municipales.

  • Instalación y configuración de routers y switches: Asegurando la conectividad y el correcto enrutamiento del tráfico de datos.

  • Redes de fibra óptica: Diseño e implementación de infraestructura de fibra óptica para mejorar la conectividad en áreas clave.

  • Gestión de proveedores de servicios de internet (ISP): Coordinación y contratación de servicios de conectividad externa.

  • Soporte y resolución de problemas de conectividad: Atendiendo incidentes y problemas relacionados con la conectividad de red en el municipio.

  • Expansión y actualización de la red: Planeamiento y ejecución de proyectos de expansión de la infraestructura de red municipal para soportar nuevas tecnologías y servicios.

Mantenimiento

  1. Actualizaciones de Software: Asegurarse de que el sistema operativo y las aplicaciones estén al día con los últimos parches y versiones para mejorar la seguridad y el rendimiento.

  2. Reparación y Sustitución de Hardware: Diagnóstico y reparación de fallos de hardware, así como la sustitución de componentes defectuosos o envejecidos.

  3. Optimización de Sistemas: Ajuste y configuración de sistemas para mejorar su rendimiento, como la gestión de recursos y la configuración de redes.

  4. Copia de Seguridad y Recuperación: Implementar y gestionar procedimientos de backup para proteger los datos y asegurar la recuperación en caso de pérdida de información.

  5. Monitoreo: Supervisar el rendimiento de los sistemas, redes y servidores para detectar y resolver problemas antes de que afecten a los usuarios.

Soporte Técnico

  1. Resolución de Incidencias: Atender y resolver problemas técnicos reportados por los usuarios, que pueden incluir problemas de hardware, software o de red.

  2. Asistencia a Usuarios: Proveer soporte a los usuarios en el uso de aplicaciones y sistemas, resolver dudas y guiar en la solución de problemas cotidianos.

  3. Documentación: Mantener registros detallados de los problemas reportados, las soluciones proporcionadas y las acciones realizadas para futuras referencias y análisis.

  4. Capacitación y Formación: Ofrecer formación y orientación a los usuarios sobre el uso de nuevos sistemas, aplicaciones y tecnologías.

  5. Gestión de Incidencias: Implementar y gestionar un sistema de tickets para el seguimiento de problemas y asegurar que se resuelvan de manera eficiente y oportuna.